SVS Requiere a La Polar Sobre Efectos de Precautoria por Juicio Colectivo
La firma de retail liderada por César Barros, La Polar, reconoció a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) que en el marco del juicio colectivo del Sernac en su contra –por las repactaciones unilaterales efectuadas a casi 1 millón de clientes–, se decretó una medida precautoria, referente a «la prohibición de transferir a cualquier título, los derechos de todas o cualquiera las marcas comerciales registradas y/o en tramitación».
«Hacemos presente que los alcances de la resolución judicial antes señalada no tienen impacto en la situación financiera de la compañía, sin perjuicio de incluir las notas e informes que correspondan en los próximos estados de resultados», aseguró a la SVS el gerente general (s) de La Polar, Álvaro Araya.
En la misma resolución, el Primer Juzgado Civil de Santiago negó al Sernac la medida precautoria contra La Polar que radica en la «prohibición de ceder, negociar, aportar a otra sociedad y, en general, de transferir a cualquier título a terceros, los créditos en cuanto a todos los consumidores que conforman el colectivo afectado, y los respectivos títulos que documenten las deudas, sea que se trate de obligaciones morosas, castigadas y/o que conformen la cartera vigente, incluyendo las que hubieran sido renegociadas o refinanciadas por los consumidores en virtud del plan de compensaciones ofrecido por las demandadas o en cualquiera otras circunstancias, estén o no con sus pagos al día».
El Sernac fundaba su solicitud de precautorias, en que las eventuales multas e indemnizaciones de perjuicios a las que podría ser condenada La Polar en el juicio colectivo, «son millonarias, razón por la cual se teme que pudiesen ser impagables las reparaciones decretadas en beneficio de los consumidores afectados por los cambios que, eventualmente, podría sufrir la empresa en sus patrimonios en el tiempo que demora la tramitación de un juicio colectivo como el de autos».
Fuente : Estrategia