Etiquetado de alimentos
Recientemente, el Ministerio de Salud inició la consulta pública del reglamento de la ley sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad. Este nuevo texto, en vez de resolver las falencias de la normativa previamente derogada por la autoridad, presenta debilidades técnicas que ponen en duda su efectividad.
La decisión del Ministerio de definir los límites de los nutrientes cada 100 gramos carece de cualquier utilidad para el consumidor: ¿Sirve informar que un pan de mantequilla entero es alto en grasas saturadas cuando habitualmente se consumen menos de 7 gramos diarios? ¿Es útil para una madre que le digan que enviarle cinco barras de cereales de colación a su hijo es un exceso cuando ella suele mandar una sola? ¿Aporta información útil saber que no es adecuado consumir más de 4 paquetes de dulces de menta al día? Sin lugar a dudas la respuesta es no.
Este reglamento no permitirá aportar información útil al consumidor para que pueda elegir adecuadamente según sus necesidades nutricionales. Al fijar límites tan estrictos y alejados de la experiencia internacional, se darán casos tan absurdos como que una caluga o un dulce serán rotulados igual que una galleta de agua, o que un cereal que redujo en 50% la cantidad de azúcar o sal obtendrá el mismo etiquetado que en su estado original.
La industria de alimentos en Chile lleva años implementando programas de reducción de nutrientes con la finalidad de mejorar las características nutricionales de diferentes productos. No obstante, los límites propuestos por la autoridad son inalcanzables para gran parte de las categorías afectas. Al parecer, no importa los esfuerzos realizados por cada empresa, a ojos del Ministerio sus productos siempre serán rotulados negativamente.
Desde el sector privado, hemos impulsado proactivamente iniciativas para proporcionar a todos los chilenos una información completa y correcta sobre los alimentos que les permita elegir libre y de manera informada qué consumir. Es fundamental que avancemos en educar y proporcionar los antecedentes necesarios a la ciudadanía, objetivos que la presente propuesta de reglamento claramente no cumple.
Fuente : La Segunda