Los argumentos que pesaron en las 24 multas de la Superintendencia
1 Sobre Pablo Alcalde: «Fue pieza clave y fundamental en las prácticas irregulares»
«El señor Alcalde tuvo conocimiento de la práctica de renegociaciones unilaterales, con certeza, a partir del mes de marzo del año 2009 y, sin embargo, lejos de requerir el cese inmediato de la misma y que se transparentase adecuadamente la situación de la cartera de La Polar, avaló dicha práctica». La página 43 de la resolución de 61 páginas de la SVS asegura que el ex gerente general y ex presidente de la cadena de multitiendas conocía la irregularidad que dio origen al enorme fraude financiero: la práctica masiva de repactar unilateralmente a clientes morosos para hacerlos pasar por clientes vigentes, lo que alteró la cuenta de provisiones y, por ende, los balances del retailer.
Cuando alude a marzo de 2009, la SVS menciona una secuencia de correos donde María Isabel Farah, la ex gerenta de administración, le escribe lo siguiente a Alcalde: «El problema con las renegociaciones está afectando en las tiendas producto de un aumento en reclamos de clientes que desconocen estas operaciones. Mi preocupación es que pueda derivar en temas legales que afecten la imagen de la empresa».
La SVS contradice a Alcalde y afirma que recibía regularmente información que le permitía tener un conocimiento acabado real de la situación financiera de La Polar y para ello describe los informes elaborados por la gerencia de gestión. Esos reportes, analizados y procesados por la SVS, permitían concluir un dato clarificador para la autoridad. «El volumen de colocaciones por renegociaciones y refinanciamiento era desde dos hasta tres veces el tamaño de las nuevas colocaciones», dice el extenso texto de la SVS. Esa situación, que denotaba una política que privilegiaba la renegociación más que el cobro de las acreencias, daba cuenta de una situación irregular, argumenta el dictamen firmado por Fernando Coloma. «Resulta inverosímil sostener que el Sr. Alcalde desconociera que esta práctica de renegociaciones unilaterales influía en los resultados de la compañía, toda vez que éstas disminuían las provisiones, y aumentaba los ingresos financieros, toda vez que el Sr. Alcalde ejerció el cargo de gerente general hasta noviembre de 2009, labor que exigía tener pleno conocimiento del funcionamiento de los negocios de La Polar», se lee en la página 55 de la sanción al ex ejecutivo. La SVS dice que Alcalde ocultó la verdadera situación de la empresa, a partir de sus múltiples intervenciones en las sesiones de directorio. Y agrega que no es creíble que Alcalde desconociera todo aquello. Las repactaciones y el falseamiento de la información no sólo fueron conocidas por el ejecutivo. El ingeniero, según la SVS, «fue pieza clave y fundamental para que estas situaciones se hayan desarrollado, perfeccionado y perdurado en el tiempo». Alcalde recibió la mayor de todas las multas de la SVS: 25 mil UF. Ello, porque aunque la multa máxima es 15 mil UF, la SVS puede elevar la multa hasta el 30% del monto de la operación irregular sancionada. La buena noticia para Alcalde es que la superintendencia lo absolvió de la imputación de uso de información privilegiada. «No ha sido posible llegar al convencimiento de la participación del señor Alcalde en la compra y venta de las acciones de La Polar por parte de la sociedad Alpha», concluyó el ente fiscalizador.
2 Sobre la auditora PwC: «Clara falta de diligencia y del equipo a cargo de La Polar»
El hecho esencial enviado por La Polar a la SVS el 9 de junio de 2011, dando cuenta que el directorio había tomado conocimiento de prácticas no autorizadas en la gestión de su cartera, llevó a la SVS a revisar el informe realizado por la auditora externa PriceWaterhouseCoopers (PwC) al 31 de diciembre de 2010.
Fue el inicio de un proceso que llevó a la autoridad, encabezada por el superintendente Fernando Coloma, a formular cargos en contra de la entidad –una de las principales del mercado local– y de su socio Luis Alejandro Joignant, quien tenía a su cargo «equipos muldisciplinarios de trabajo para la prestación de servicios profesionales de auditoría».
La investigación derivó en la aplicación de multas por un total de 6.000 UF para este último y de 8.000 UF para PwC, por infracciones a las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (Nagas), referidas a los deberes de cuidado y obligaciones que afectan a las auditoras externas y sus socios en la realización de procesos y pruebas de auditoría bajo su responsabilidad.
«Resulta clara la falta de diligencia de PwC y del equipo a cargo de La Polar en la realización de diversos procesos, pruebas de auditoría y evaluación crítica de la evidencia obtenida… en la labor efectuada para emitir su opinión sobre los estados financieros» al cierre de 2010, «exhibiendo, en el mismo sentido, ausencia del requerido escepticismo profesional que exige dicha función», subraya la SVS en parte de su resolución. Asimismo, la entidad acusa la existencia de «flagrantes omisiones en cuanto a no haber informado a la administración de La Polar su opinión sobre la falta de confianza en el trabajo realizado por la unidad de auditoría interna».
Según la visión de la Superintendencia de Valores y Seguros, en este caso se produjo una infracción a las normas de auditoría al momento de emitir una opinión respecto de los estados financieros, «con el consecuente efecto que ello pudo implicar en la no detección de los hechos que ocurrían al interior de dicha compañía y que redundaron en la entrega de información falsa al mercado».
En sus descargos durante el proceso, la firma auditora sostuvo que el caso la Polar correspondía a «hechos ocurridos hace larga data, en que se logró evadir todo tipo de controles, siendo PwC una víctima más de ellos». Eso se tradujo, argumentó, en que la empresa fue inducida «fraudulentamente» a considerar «antecedentes falsos respecto de la cartera de deudores adulterada maliciosamente para ocultar la morosidad de una parte significativa de deudores».
El viernes, en tanto, tras conocerse la resolución de la SVS, la compañía destacó el hecho de que la autoridad no haya aplicado ni cancelación ni suspensión alguna para la entidad. «Esto demuestra –expresó– que la SVS consideró los argumentos esgrimidos por la firma durante el proceso investigativo». También hizo una crítica a los planteamientos del organismo fiscalizador: «Le asignó a la auditoría de estados financieros un rol que no le compete. El auditor carece de las atribuciones legales y reglamentarias para ejercer como investigador de fraudes», razón por la cual recurrirá, dijo en un comunicado, ala justicia.
3 Sobre los ex directores: «Falta del ejercicio del derecho a ser informado»
La SVS resolvió aplicar sanciones a ex 10 directores de La Polar por incumplir la ley de Sociedades Anónimas sobre los deberes de cuidado y diligencia que deben emplear en el ejercicio de sus cargos. Las multas no fueron iguales para todos, porque la SVS consideró el tiempo en que cada uno fue director o miembro del Comité de Directores, y la época en la que se desempeñó cada uno en el cargo.
Las mayores multas las recibieron Andrés Ibáñez y Fernando Franke, con 3.500 UF cada uno. La SVS los acusa de no efectuar un diligente análisis de la información de cartera de La Polar que le era desplegada por la administración, «lo que se tradujo en la falta de ejercicio del derecho a ser informado de la marcha de la empresa con el grado de diligencia que le era exigible». Ello, tanto respecto de los indicios y señales que alertaban de la situación financiera de La Polar, y que eran evidentes, a juicio de la SVS, «como con respecto a las deficiencias que presentaban los sistemas de control internos de la compañía, que afectaban el flujo de la información a la cual accedía el directorio y el comité de directores», argumenta la SVS. Baltazar Sánchez y Heriberto Urzúa, por su parte, fueron sancionados con 2.800 UF cada uno. Se les imputa falta de diligencia, «al no desplegar una conducta destinada a mejorar los controles internos de la sociedad», así como «no otorgar importancia a la labor prestada por el área interna de auditoría de la compañía». La SVS también les reprocha el «total y completo abandono de las labores de control que corresponden a un director». Raúl Sotomayor, en tanto, fue sancionado con 2.000 UF por no recabar suficiente información ni requerir diligentemente de ésta. La SVS critica que «la falta de preocupación por la función de control interno de la compañía fue una de las causas que impidieron que él hubiera podido tomar conocimiento de los hechos que se estaban desarrollando».
A Jacques Louis de Montalembert, la SVS le aplicó una multa de 1.800 UF. Según la entidad, hubo «un completo abandono de las labores de control que corresponden a un director, lo que en gran medida facilitó el aumento desmedido de las renegociaciones unilaterales».
A Francisco Gana la SVS cursó una sanción de 1.200 UF. La entidad acusa «la insuficiente labor desarrollada para evaluar la suficiencia de las provisiones y advertir la real situación financiera de La Polar».
Norberto Morita, asimismo, recibió una multa de 1.500 UF. Según la SVS, «existían antecedentes suficientes como para que hubiera podido desconfiar de la fiabilidad de la información que le era entregada al directorio por la administración». La SVS también formuló cargos contra René Cortázar, a quien sancionó con 700 UF. «No observó el grado de diligencia que le imponían sus funciones, no advirtiendo las señales de alerta y desatendiendo las falencias de la información entregada por la administración». María Gracia Cariola, por su parte, recibió la multa más baja: 400 UF. La SVS cuestiona que «no requirió documentación alguna al área de auditoría interna, para, al menos, dilucidar la aparente divergencia entre las explicaciones dadas por la administración y lo que señalaba la firma de auditoría externa».
4 Sobre los ex ejecutivos: «Uso de información privilegiada en beneficio propio»
El organismo sancionó en total a 12 ex ejecutivos, entre ellos a María Isabel Farah y Julián Moreno, con 20 mil UF cada uno. A ambos se les imputa proporcionar datos falsos al mercado y usar información privilegiada. En el caso de Farah –ex gerenta corporativa de Administración– la SVS argumenta que conocía la real situación financiera de la firma.
Sobre la falsedad de la información, la autoridad señala que Farah conocía «la práctica masiva de renegociaciones unilaterales». Ello iba aparejado «al conocimiento de las deficiencias de los indicadores de morosidad y de las condiciones de renegociación de los clientes afectos a dicha práctica». Según la SVS, el falseamiento de la información pudo ser advertida por Farah al menos desde 2008 con la información que tenía acceso y «con certeza absoluta» a partir de 2009. Añade que Farah «nunca comunicó al directorio la existencia de negociaciones». En su resolución, la autoridad también afirma que Farah usó información privilegiada «para beneficio propio, siendo ella determinante» en la venta de un paquete accionario de su propiedad a comienzos de 2010.
De acuerdo con distintas declaraciones obtenidas por la SVS, se estableció que Moreno sabía de las repactaciones unilaterales al menos desde 2006, que ese dato, «que por su naturaleza era capaz de influir en la cotización de los valores de La Polar», no había sido divulgado al mercado. Al igual que Farah, el ex ejecutivo utilizó, según la autoridad, esa información privilegiada en su favor.
Moreno y Farah, añade la SVS, eran los encargados de exponer ante el directorio sobre la cartera de crédito. Y sostiene que el ex gerente de Productos Financieros «siempre presentó información falsa de la morosidad».
Al ex gerente general, Nicolás Ramírez, se le multó con 13 mil UF. Se le señalan las mismas infracciones que a Farah y Moreno. Pero en su caso, la SVS agrega la infracción a la Ley de Sociedades Anónimas, que «prohíbe presentar a los accionistas cuentas irregulares, informaciones falsas u ocultar informaciones esenciales». Sobre la venta de acciones La Polar de parte de Ramírez, se señala que tenía conocimiento «al menos desde el 13 de enero de 2010 de la existencia de una parte importante de la cartera que presentaba problemas de morosidad y que se mantenía vigente debido a procesos de renegociaciones unilaterales», lo cual era capaz de influir en la cotización de los valores de La Polar. Así, «la información privilegiada con que contaba Ramírez fue utilizada para beneficio propio», dice.
Más atrás aparece Pablo Fuenzalida, ex gerente de logística e informática, sancionado con 7.500 UF, a quien también se le imputa haber proporcionado datos falsos al mercado y usar información privilegiada. Por este último cargo también y por incumplir el deber de abstención se sancionó a Rolando Harnisch (700 UF) y Lorena Concha (500 UF). Esto tiene relación con el deber de, para quienes detentan información privilegiada, «abstenerse de adquirir y enajenar valores».
Finalmente, por ese mismo cargo fueron sancionados Mario Pérez (400 UF), Marta Bahamondes (300 UF), Jaime Ripoll (300 UF), Manuel de la Prida (250 UF) y Juan Carlos Leiva, con 250 UF.
Fuente : La Tercera